En un inesperado capítulo de marcada rispidez institucional, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco avanzó en dirección hacia la gestión de Leandro Zdero. Por mayoría, el máximo tribunal ordenó al Poder Ejecutivo presentar, cada 90 días, informes circunstanciados y documentados ante el Juzgado Civil y Comercial 6 sobre la ejecución efectiva de agua potable, alimentos y atención sanitaria para las comunidades indígenas del Impenetrable.
La sentencia 508/26 no deja lugar a dudas sobre la postura del STJ hacia la Provincia. En un tramo lapidario, los magistrados advirtieron: “El reconocimiento de los derechos (…) no puede agotarse en su mera enunciación, ni la existencia de programas y medidas estatales puede sustituir la verificación de su cumplimiento efectivo”.
En ese sentido, se otorgaron amplias facultades al juzgado interviniente para exigir documentación y auditar las entregas reales en los parajes, exigiendo “acciones concretas, suficientes y continuas”. “No basta con la existencia de programas”, añade el texto, difundido hoy por el Poder Judicial.
El fallo rechazó el recurso de inconstitucionalidad del gobierno chaqueño contra la resolución de la Cámara que había revocado una medida cautelar. Aunque la mayoría decidió canalizar el reclamo en el expediente estructural 454/07, la jueza Lorena Padován enfatizó que la tutela judicial “no se satisface con la mera existencia de programas y acciones estatales”.
La tensión quedó expuesta en la disidencia de Iride Grillo, quien consideró que se incurrió en arbitrariedad al revocar la cautelar sin verificar si las comunidades reciben efectivamente la asistencia.
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