Eliminan requisitos para comerciantes y fábricas de armas y municiones: todos los detalles

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La ANMAC dejó sin efecto la obligación de contar con las habilitaciones municipales e inscripciones específicas ante el organismo. Sin embargo, deben cumplir con las “condiciones de seguridad” establecidas por ley.

La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) flexibilizó una serie de requisitos que deben cumplir los comerciantes, talleres y fábricas de armas y municiones. Aplica a los establecimientos que funcionen bajo modalidad de trabajo artesanal.

Lo hizo a través de la resolución 49 publicado este viernes en el Boletín Oficial y lleva la firma del director ejecutivo de la Anmac, Juan Pablo Allan.

Segun los considerandos de la normativa, se eliminó la exigencia de contar con habilitaciones municipales e inscripciones específicas ante el organismo para usuarios comerciales distribuidores mayoristas, minoristas, talleres y fábricas de armas y municiones.

También alcanza a talleres de recarga de municiones y plantas de destrucción de materiales especiales, como los vehículos blindados.

El Gobierno eliminó requisitos para los comerciantes y fábricas de armas (Foto: Adobe Stock)
El Gobierno eliminó requisitos para los comerciantes y fábricas de armas (Foto: Adobe Stock)

En otro tramo del documento, desde el Gobierno aclaran que los usuarios beneficiados por esta flexibilización seguirán obligados a cumplir con las condiciones de seguridad establecidas por la legislación vigente para el almacenamiento y la guarda de materiales controlados.

“Contar o no con la habilitación de ANMAC no exime a los comerciantes del cumplimiento de las normativas nacionales, provinciales o municipales que rijan su actividad”, subraya el texto.

Eliminan requisitos para comerciantes y fábricas de armas: todos los detalles

La ANMAC flexibilizó una serie de requisitos que deben cumplir los comerciantes, talleres y fábricas de armas y municiones. Ya no será obligatorio contar con la habilitaciones municipales e inscripciones específicas ante el organismo.

Alcanza a un grupo de comercios del sector que funcionen bajo modalidad de trabajo artesanal y no superen las 1200 unidades producidas por año. Estos son:

  • Distribuidores mayoristas y minoristas;
  • Talleres de reparación de armas;
  • Fábricas de armas artesanales (hasta 1200 unidades anuales);
  • Fábricas de municiones y componentes;
  • Depósitos de armas y municiones;
  • Entidades de tiro con instalaciones propias.

La medida apunta a “reducir la carga administrativa y burocrática”.

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